Ordenanza Nº 3994/11
VISTO:
El Expediente
Nº 4123-3891/10 C-1
caratulado: GESTION INTEGRAL DEL AGUA EN EL PARTIDO DE
PINAMAR, a través del cual la Subsecretaría de
Planeamiento, Obras y Proyectos ha propuesto un plan con
los lineamientos básicos para un manejo sustentable del
agua en el Partido.
CONSIDERANDO:
Que el recurso agua en el Partido de Pinamar tiene un
rol fundamental para el desarrollo sustentable del
mismo.
Que el mismo constituye un bien público, directamente
vinculado a la salud y el bienestar de la comunidad. Su
acceso, representa un derecho humano básico, por lo que,
en su manejo, debe imperar la responsabilidad ética en
una eficiente administración y gestión pública,
objetivos del Código de Aguas Ley Provincial 12.257.
Que el Partido cuenta con múltiples con grandes aportes
científicos y profesionales: estudios realizados por
especialistas del Consejo Federal de Inversiones en el
año 1993 (Evaluación del recurso hídrico subterráneo de
la región costera de la Provincia de Buenos Aires ?
Sector Punta Médanos) y (Estado actual de las fuentes de
agua subterráneas en Pinamar y Villa Gesell) orientados
ambos, al diagnóstico de los modos de explotación de las
aguas subterráneas de Pinamar, a la planificación del
uso y su manejo futuro.
Asimismo, los realizados por la consultora HYTSA
Estudios y Proyectos Sociedad Anónima, a través de la
ENOHSA (Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento)
en el período 1999/2004 para la formulación de proyectos
ejecutivos de obras y selección de alternativas.
Que todos ellos han indicado que el sistema acuífero del
cordón de médanos, del cual se abastece el municipio de
Pinamar, es la única fuente de agua dulce existente en
la región.
Que se trata de barreras medanosas que se constituyen
como grandes depósitos de agua dulce, de recarga
autóctona (a partir de las precipitaciones), con
descarga lateral hacia el mar y hacia la zona
continental situada al oeste, a través de un acuífero
freático de poca profundidad.
Que por lo tanto, se ha advertido que la eficiencia de
la recarga del acuífero, se convierte en estratégica
para garantizar la sustentabilidad del sistema,
constituyendo una amenaza la reducción progresiva de las
áreas de infiltración.
Que este sistema contenido entre interfaces de agua
salada y salobre, sobre un acuífero salado a profundidad
tiene un espesor máximo es de 40 a 50m, reconociéndose
en sentido vertical 7 unidades hidrogeológicas, de las
cuales 4 son niveles productores de agua (I, III, V y
VII) y 3 son niveles semiconfinantes de baja
permeabilidad (II, IV y VI), esquema que presenta
considerables variaciones laterales en función del
complejo ambiente de sedimentación costera.
Que por la composición de su suelo netamente arenosa y
de alta permeabilidad, el sistema tiene una capacidad de
depuración escasa o nula, por lo que presenta una
altísima vulnerabilidad debido al riesgo de
contaminación vinculado a las formas de explotación del
acuífero y a las descargas contaminantes de las
actividades urbanas.
Que aún reconocido su valor estratégico, el deterioro
progresivo de la calidad del recurso como consecuencia
de la fuentes de contaminación urbanas, la indebida
sobreexplotación, la desinformación y desconocimiento de
las condiciones ambientales en la sociedad, las maneras
de consumo irresponsable producto de los hábitos
sociales, el escaso control eficiente y la ausente
planificación sustentable del recurso por parte del
Estado Municipal se constituye hoy en un riesgo social
que involucra la responsabilidad de la gestión política.
Que es interés de este gobierno por lo tanto, incorporar
la presente problemática ambiental, en la agenda
política y generar los instrumentos necesarios para una
adecuada gestión que requerirá de la participación de la
comunidad en su conjunto y el compromiso de los
decidores y/o ejecutores de las políticas públicas.
Que para el caso, los estudios y recomendaciones
efectuadas por el Consejo Federal de Inversiones (1993)
y los Proyectos Ejecutivos de Agua Potable y de Desagües
cloacales producidos por la Consultora HYTSA Estudios y
Proyectos Sociedad Anónima (2004) permiten trazar los
lineamientos futuros para un manejo sustentable del
recurso agua en el Partido de Pinamar.
Que a ello se suma el invalorable aporte de la Mesa de
Diálogo Ambiental (MeDA) por medio de las Entidades que
la integran, respecto de los Lineamientos del Plan de
Acción del Recurso Hídrico del Partido de Pinamar,
presentado en su oportunidad por Expediente
Nº 4123-1134/09.
Que resulta necesario que todas las acciones se
inscriban en dichos lineamientos de manera integral, en
particular a las referidas al modelo de explotación por
parte de la Cooperativa de Agua y Luz de Pinamar,
prestataria del servicio de agua potable y cloacas, a
las refacciones de la actual red y de los nuevos
proyectos de ampliación de los diferentes servicios en
el marco de las previsiones del Código de Aguas, Ley
Provincial 12.257.
Asimismo, esta gestión integral de manejo del agua en el
Partido alcanzará el tratamiento de la normativa urbana
y la evaluación de los emprendimientos de ampliaciones
urbanas desde una perspectiva global a partir del
análisis de las capacidades de carga del Partido y de
las políticas de desarrollo concertadas.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Pinamar, en uso de
facultades que le son propias sanciona la siguiente:
Ordenanza Nº 3994/11
Artículo 1
Se declara de interés Municipal la Gestión Integral del
Agua y del Saneamiento Ambiental en el Partido de
Pinamar y será de aplicación a todo el territorio en su
jurisdicción.
Artículo 2
Apruébese el Plan Director de Abastecimiento de Agua
Potable al Partido de Pinamar y su Proyecto Ejecutivo
producido por HYTSA Estudios y Proyectos S.A del Banco
de Proyectos del Ente Nacional de Obras Hídricas de
Saneamiento, cuya documentación digital se adjunta a la
presente. El Plan Director regirá para todas las
acciones que intervengan sobre el acuífero subterráneo
en relación al manejo del agua potable y su explotación.
Artículo 3
Apruébese el Plan Director de desagües cloacales del
Partido de Pinamar y su Proyecto Ejecutivo producido por
HYTSA Estudios y Proyectos S.A. del Banco de Proyectos
del Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento, cuya
documentación digital se adjunta a la presente. El Plan
Director regirá para todas las acciones que intervengan
sobre el acuífero subterráneo referidas al manejo del
agua servida y su disposición final.
Artículo 4
Invitese al Departamento Ejecutivo a incluir los
siguientes lineamientos generales de la Gestión Integral
del Agua y del Saneamiento Ambiental aplicada a todo el
Partido de Pinamar, los que deberían ser oportunamente
instrumentados por el Departamento Ejecutivo.
a-.
SISTEMATIZACION DE INSTRUMENTOS PARA EL DIAGNÓSTICO.
b-.
PROGRAMA de MONITOREO DE CONTAMINACIÓN URBANA.
c-.
PROGRAMA DE CAPACITACION y DIFUSIÓN.
d-.
CREACION DE AREA MUNICIPAL ESPECÍFICA.
e-.
PROGRAMA DE PRIORIDADES SOCIALES
Artículo 5
Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro
Oficial, cumplido, archívese.
Sala de Sesiones, 25 de agosto de 2011
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